Números de cuenta

Cuando realizamos/nos realizan una transferencia, un abono de dinero o un pago a través de entidades bancarias, normalmente precisamos conocer el número de cuenta del receptor o emisor de este flujo de dinero. Pero, ¿qué significan los números que se incluyen en una cuenta bancaria?

Las cuentas bancarias en España, actualmente, se dividen en 4 partes y la totalidad de los números deben sumar 20 dígitos. Estas partes en las que se divide una cuenta son:

1. Entidad. Son 4 dígitos que identifican al banco al que pertenece ese número de cuenta. Cada entidad bancaria tiene una numeración propia. Desde la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) se nos proporciona información fiable sobre los códigos pertenecientes a todas las entidades bancarias con domicilio social en España, siendo, por poner ejemplos conocidos, 0049 los dígitos que corresponden con banco Santander o 0182 los que identifican a BBVA.

2. Oficina. Son también 4 dígitos e identifican a la oficina bancaria concreta a la que pertenece la cuenta. Es decir, dentro de un mismo banco presencial este dígito cambiará dependiendo de si la cuenta se abrió en una oficina de una u otra calle en concreto aunque sea incluso dentro de una misma ciudad. En los bancos online que no tienen practicamente presencia física suele utilizarse el mismo código de oficina para todas las cuentas del mismo banco.

3. Número de cuenta. Son 10 dígitos que identifican la cuenta como tal. Son de libre elección por parte de cada entidad bancaria, por lo que cada banco utiliza sus propias normas internas.

4. Dígito de control. Son dos dígitos que se calculan mediante una fórmula matemática utilizando el resto de dígitos de la cuenta (entidad, oficina y número de cuenta) de tal manera que detecta si los números que estás utilizando son correctos o, sin embargo, te has equivocado al escribir o teclear alguno de ellos. Sólo detecta si la cuenta como tal es matemáticamente correcta, pero no si el usuario se ha equivocado de persona beneficiaria de la misma o ni siquiera si esa cuenta existe.

A la hora de escribir estos números las entidades bancarias los suelen pedir por el siguiente orden:

ENTIDAD - OFICINA - DÍGITO DE CONTROL (DC) - NÚMERO DE CUENTA

Pero además, si hacemos una transferencia dentro de la Unión Europea (así como Islandia, Lietchestein, Noruega, Suiza y Mónaco que también entran en los tratados de la UE con respecto a leyes de pago) o incluso dentro de España a partir del 1 de febrero de 2014 cuando se lleve a cabo la aplicación oligatoria por ley de la normativa SEPA (single euro payments area o, en español, zona única de pagos en euros), se nos puede pedir el código IBAN de la cuenta que es exactamente la misma numeración mencionada anteriormente pero con otros 4 caracteres delante distribuidos en dos grupos:

5. Código país. Son dos letras que identifican a qué país pertenece la cuenta. Por ejemplo, España utiliza el ES, Austria AT, Suiza CH, etc.

6. Dígito de control IBAN. Son dos dígitos que nuevamente se calculan mediante una fórmula matemática y permite ayudar a conocer si la cuenta es correcta o, por el contrario, nos hemos equivocado en algún dígito.

Es decir, el código IBAN de una cuenta quedaría distribuido de la siguiente manera (en total 24 caracteres, 2 letras y 22 dígitos):

CÓDIGO PAÍS - DÍGITO DE CONTROL IBAN - ENTIDAD - OFICINA - DÍGITO DE CONTROL (DC) - NÚMERO DE CUENTA



JOSE M. AVILÉS

jose.aviles.palacios@gmail.com


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Tarjetas sin contacto o con Contactless

Recientemente se viene comercializando, por parte de la mayoría de las entidades bancarias, un tipo de tarjeta de pagos (tanto de crédito como de débito) llamada tarjeta sin contacto o Contactless. De hecho, a la hora de renovar por caducidad las tarjetas que el cliente tiene en su poder, estas entidades están enviando directamente este tipo de tarjeta.

¿En qué consiste este nuevo sistema de pago? La mayor novedad consiste en que al realizar operaciones de compra con la tarjeta en comercios físicos, y siendo la operación menor a 20 euros, acercando la tarjeta al terminal TPV (o datáfono) es suficiente para que la compra se realice, sin necesidad incluso de insertar el PIN (número de identificación personal de 4 dígitos de la tarjeta) ni nada similar. Es decir, con acercar la tarjeta al terminal a menos de 4 centímetros es suficiente.

Para poder utilizar este nuevo sistema de la tarjeta, hay que decir también que el comercio donde compremos tiene que tener implantado ese sistema, siendo su terminal TPV un terminal que lee la tarjeta "sin contacto". No siendo de esta manera, el terminal pedirá el PIN de la tarjeta como si se tratara de una tarjeta "convencional".

Aunque ahora no son demasiados los comercios adaptados a esta tecnología, poco a poco iremos viendo más negocios que, dándose cuenta de que la compra de esta manera es bastante más sencilla, implantan un terminal TPV adaptado. Además, aunque de primeras parezca que este sistema hace menos segura la tarjeta, las marcas que realizan estos medios de pago (Martercard, Visa, Euro 6000, etc) ya han pensado en eso y han impuesto algunos sistemas de seguridad como los siguientes:

1. Las compras realizadas con este sistema deben ser siempre menores a 20 euros.

2. Una vez se llega a un límite acumulado de compras, pide el PIN de la tarjeta de forma puntual. Esto permite que en caso de robo no nos puedan robar más de 200 euros por ejemplo.

3. Algunas entidades avisan al cliente por medio de mensajes al teléfono móvil una vez que se realiza cualquier compra por este sistema, para que, si ésta es una operación realizada por un robo de la misma, se pueda avisar rápidamente al banco para que la tarjeta quede bloqueada.


De esta forma, se ha creado una manera más fácil de comprar con la tarjeta y que de hecho, seguramente, sólo sea un paso previo a futuros sistemas de pago cada vez más avanzados que, en un futuro muy próximo, las grandes marcas de medios de pago hagan llegar a los clientes usuarios de banca a cualquier nivel.


JOSE M. AVILÉS

jose.aviles.palacios@gmail.com





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Planes de Pensiones

Los Planes de Pensiones son productos de inversión cuyo fin principal debería ser el guardar dinero para, en la hora de la jubilación, poder utilizarlo. Además, llegada la jubilación estos planes permiten cobrar el saldo acumulado de una vez o en forma de rentas mensuales.

Invierten, en la inmensa mayoría de casos, en Fondos de Inversión (ver entrada sobre estos productos) y normalmente permiten elegir la proporción a invertir entre varios fondos de inversión distintos.

Muchos usuarios de banca eligen este tipo de producto para el fin mencionado al principio, es decir, ahorrar para la jubilación. No obstante, muchos otros eligen este producto principalmente por las ventajas fiscales que tiene con respecto a las desgravaciones que Hacienda permite cuando una persona cotizante en España aporta dinero a este tipo de planes. Es más, estas desgravaciones son ventajosas sólo en algunos casos y, si no estás dentro de ellos, sería más conveniente contratar cualquier otro producto de ahorro a largo plazo como Fondos de Inversión puros.

Según Renta 4, las ventajas fiscales vienen dadas porque todas las aportaciones que la persona realice durante el año se reducirán de la base imponible del IRPF (es decir, el montante por el cual nos aplican impuestos a la hora de hacer la declaración de la renta) , con unos máximos establecidos por ley:

·         Si tienes menos de 50 años podrás aportar hasta un máximo anual de 10.000 €. De esta aportación podrás deducirte en tu declaración de la renta la menor de las siguientes cantidades:
o    Tu aportación (con el máximo de los 10.000 € anteriores).
o    El 30% de la suma total de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas que hayas obtenido en el año.
·         Si tienes más de 50 años o los cumples a lo largo del año, tu límite máximo anual de aportación será de 12.500 € pudiéndote deducir en tu declaración la menor de las siguientes cantidades:
o    Tu aportación (con el máximo de los 12.500 € anteriores).
o    El 50% de la suma total de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas que hayas obtenido en el año.

Por tanto, si estas desgravaciones hacen disminuir tu tramo de la base imponible del IRPF será beneficioso para ti ahorrar para tu jubilación mediante un Plan de Pensiones. Si no, como he indicado anteriormente, sería mejor contratar otro producto debido a las “contraindicaciones” que tiene este producto las cuales las indico a través de los siguientes puntos:

1.    Al momento de rescatar el plan, es decir, cuando saques el dinero, hay que tributar la rentabilidad obtenida como rendimientos del trabajo (y no del ahorro como el resto de productos), al tipo marginal que corresponda. Es decir, se pagan unas cantidades medianamente elevadas en impuestos al rescatar. Esto hace que estos productos no tengan demasiados alicientes para la gente de renta media y baja.

2.   Si se quiere rescatar el Plan de Pensiones antes de la jubilación sólo se podrá hacer si se está en situación de paro de larga duración (2 años) o se tiene una enfermedad considerada grave que no permite trabajar más. Esto quiere decir, evidentemente, que no podemos sacar el dinero del plan simplemente porque queramos o tengamos una situación apurada pero no que sea ninguna de las anteriores.

Estos productos los comercializan prácticamente la totalidad de entidades bancarias y aseguradoras. No obstante, aunque a veces se vende como un producto para todo el mundo, hemos visto que sólo compensa a aquellas personas que cobran rentas del trabajo elevadas y a los que estos planes les permiten desgravarse grandes cantidades en impuestos bajando el tramo de base imponible. Para el resto, existen muchas otras formas de invertir a largo plazo como los fondos de inversión, seguros de ahorro tipo unit linked, etc.


JOSE M. AVILÉS

jose.aviles.palacios@gmail.com




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